EL FUEGO PROHIBIDO: MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LA REGIÓN DEL MAULE Y CHILE
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En votación unánime, los jueces señalaron que “son tantas las versiones, que ni siquiera los acusadores han podido precisarlas”. El caso es uno de los sucesos simbólicos de las protestas en el estallido social
Nacional13 de julio de 2024 PrensaHualaEl Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago ha resuelto absolver este viernes, en votación unánime, al excabo de Carabineros Sebastián Zamora, que había sido imputado por la Fiscalía Metropolitana Centro Norte de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos en contra de un manifestante el 2 de octubre de 2020, en el Puente Pío Nono, en la capital chilena. Lo ocurrido fue uno de los sucesos más simbólicos en el marco del estallido social. La indagatoria debía despejar si el agente de la policía fue responsable de provocar la caída del joven, de entonces 16 años, al lecho del río Mapocho.
Para los jueces, “son tantas las versiones, que ni siquiera los acusadores [el Ministerio Público] han podido precisarlas”. Añadieron también que “nadie puede ser condenado por un homicidio frustrado por una interacción con la víctima”.
El manifestante, hoy de 20 años, resultó con sus dos muñecas quebradas, un traumatismo craneoencefálico y una contusión en la base del pulmón derecho. Tanto el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) como la Defensoría de la Niñez se querellaron por este caso.
La investigación, que lideraron los fiscales Ximena Chong y Marcelo Carrasco, duró cuatro años. Se acusaba a Zamora de haber sido el responsable de la caída del joven, de nombre Anthony, al lecho del río Mapocho desde el puente Pío Nono, ubicado entre las comunas de Providencia y Santiago. Según la Fiscalía, el policía se abalanzó “en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsándolo de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace de caer de cabeza hacia el río Mapocho”.
El pasado martes 9 de julio, en los alegatos finales del juicio oral, el fiscal Carrasco había dicho que Zamora “no está imputado por empujar al adolescente, debo reiterarlo de forma muy categórica”. Y agregó: “No está imputado por empujar al adolescente en el puente. Esa es una afirmación que se desprende de muchas conversaciones que uno puede ver o percibir en la calle, en redes sociales o en medios de información. Pero ese no es el núcleo de la acusación. Quiero ser super categórico”.
La defensa de Sebastián Zamora, encabezada por dos abogados que fueron fiscales, Alejandro Peña y Vinko Fodic, señalaron el miércoles, tras los dichos de Carrasco, que hubo un cambio de postura de la Fiscalía con respecto a las acciones imputadas.
La fiscal Ximena Chong también está a cargo de otras investigaciones de sucesos ocurridos durante estallido social chileno, que comenzó el 18 de octubre de 2019 y derivó en diversas protestas que se concentraron por varios meses en el sector de Plaza Italia, donde está ubicado también el puente Pío Nono. Entre ellos, la imputación al general director de Carabineros, Ricardo Yañez, por el presunto delito de omisión de “apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio”, quien hace cinco años dirigía el departamento de Orden y Seguridad.
La formalización de cargos en contra de Yáñez estaba programada para mayo pasado, pero fue reagendada para octubre. La imputación en contra del jefe polical iba a derivar además en su renuncia, pero se postergó, avalada por el Gobierno del presidente Gabriel Boric, tras el asesinato, el 27 de abril, de tres carabieneros en Cañete, en la región del Biobío, durante una emboscada.
Chong también tiene a cargo la indagatoria en contra del exteniente coronel de Carabineros Claudio Crespo, imputado por provocar la ceguera, por disparos balines de goma en una manifestación en noviembre de 2019, a Gustavo Gatica, una de las cientos de víctimas de lesiones oculares en el estallido social. La Fiscalía ha pedido una pena de 12 años de cárcel y el juicio oral será en agosto.
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